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Reino unido da un paso adelante hacia la patente unitaria europea

martes, 27 de diciembre de 2016

A los seis meses de la votación para el Brexit - la decisión de Reino Unido de salir del perímetro de la Unión Europea - las palabras de la Ministra inglesa de Propiedad Intelectual e Industrial, la Baronesa Neville-Rolfe, han dejado a más de uno sorprendido. Me complace mucho – ha dicho la Ministra – anunciar que seguiremos siendo parte del sistema de tutela unitaria de patentes no obstante el resultado del referéndum de junio. El rol jugado por el Reino Unido en el desarrollo del sistema normativo de la patente europea en los últimos años no ha sido marginal, si consideramos, además, que Londres tendría que hospedar la sede del Tribunal Unificado de Patentes donde se tramitarán los litigios sobre patentes relativas a la química, metalurgia y necesidades humanas.

El iter que ha llevado a la aprobación del Reglamento (UE) 1257/2012 de 17 de diciembre, para la creación de una protección unitaria mediante patente y el Acuerdo sobre un Tribunal Unificado de Patentes de 19 de febrero de 2013, ha sido largo y tortuoso. Las negociaciones destinadas a conseguir una patente con efectos únicos en toda la Unión Europea se iniciaron hace más de 40 años, con la firma, en 1975, del Convenio de la Patente Europea que, sin embargo, no fue ratificado por un número suficiente de Estados.

El conjunto de medidas adoptadas tiene como objetivo establecer una única patente paneuropea y un Tribunal único para los procesos judiciales relacionados con la misma. La peculiaridad de dicha patente reside en el hecho de que, una vez concedida, surtirá los mismos efectos en todos los Estados de la Unión Europea participantes en el proceso de creación de la misma.

Para obtener una Patente Europea con efecto unitario hay que solicitar y obtener, en primer lugar, una patente europea clásica ante la OEP, tal y como se viene haciendo actualmente, para, a continuación, en el plazo máximo de un mes desde que fuera concedida, solicitar la protección unitaria de dicha patente.

Otra característica relevante es que la Patente Unitaria tendrá un juego de reivindicaciones único para los veinticinco Estados participantes (de no ser así no se podrá solicitar el efecto unitario) y no será preciso proceder a la traducción de dicho juego para su validación en cada Estado, como sucede con las patentes europeas ordinarias.

Una vez concedida la Patente Unitaria, esta va a otorgar una protección uniforme en todos los Estados de la UE participantes. Además, será posible hacer valer, ceder, revocar y limitar dicho título en todos los Países participantes. Asimismo, la Patente Unitaria podrá ser cedida bajo licencia con respecto a la totalidad o una parte de los territorios de los Estados.

Por otro lado, el Tribunal Unificado de Patentes (TUP) tendrá jurisdicción obligatoria tanto sobre las patentes unitarias como sobre las patentes europeas ordinarias (con sujeción a ciertas disposiciones transitorias), siempre que en ellas se designe a Estados miembros contratantes.

Finalmente, para empezar a funcionar, el Acuerdo sobre el Tribunal Unificado de Patentes tendrá que ser ratificado por lo menos por 13 Estados (entre ellos, Francia, Alemania y Reino Unido, que además son los países donde se ubicarán las sedes principales del Tribunal). Italia ha sido el doceavo país, y si antes de que termine el 2016 – o a principios de 2017 – llegara el si de Londres y, como esperado, acto seguido el si de Berlín, el TUP podría empezar a funcionar a mediados de 2017.

El texto del Reglamento (UE) 1257/2012, de 17 de diciembre para la creación de una protección unitaria mediante patente puede ser consultado en su integridad en este enlace.

Para más información sobre la situación actual de la patente unitaria es posible consultar los siguientes enlaces/web.

Para más información respecto a esta noticia, puede contactar con h.sassoli@baylos.com