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Tauromaquia y derecho: el arte de lidiar

viernes, 18 de octubre de 2019

Es interesante conocer la relación u origen de determinadas palabras, ya que es una buena forma de entender correctamente su significado, así como, en determinados casos, la razón de su existencia.

En este sentido, me ha llamado la atención el vínculo lingüístico de la Tauromaquia con el Derecho, pues entre las diferentes acepciones que confiere la Real Academia Española (RAE) a la palabra “lidiar”, nos encontramos con que, además de la evidente referencia al arte del toreo “burlar al toro esquivando sus acometidas según las reglas de la tauromaquia hasta darle muerte”, antiguamente se utilizaba también para referirse a “pleitear o litigar” (véase también, entre otros, Diccionario de Núñez de Taboada año 1822). Eso que a algunos abogados nos gusta tanto.

La palabra Tauromaquia por su parte, así como otros tantos términos referidos a la ciencia o el arte, tiene un origen griego. “Tauromachía” proviene de “taûros” (toro) y “machía” (lucha), y tiene como significado, según la RAE, “el arte de Lidiar toros”.

A grandes rasgos, podemos afirmar que la Tauromaquia desaparecería sin el toro bravo, piedra angular de la misma, y, por su parte, el toro bravo desaparecería si no existieran las Ganaderías bravas. Es decir, detrás de todo, como siempre, se encuentra el trabajo, esfuerzo e inversión de varias generaciones para mantener una raza de toro. Raza que, de lo contrario, habría desaparecido hace años (dada su escasa o nula rentabilidad según fuentes del sector).

Por otro lado, es curiosa también la relación de los términos de origen griego con el Derecho marcario, donde empresas de presencia internacional han utilizado los mismos para identificar sus productos en el mercado (como por ejemplo “Nike” o “Kappa”).

Pues bien, centrándonos en la actividad de las ganaderías y su relación con el Derecho marcario, es conocido por los participantes en el sector que dichas ganaderías de toro bravo se identifican en el mercado, entre otras cosas, por su “Hierro”. Dicho signo permite identificar el origen del Toro en concreto, y sus características. Pero también se incluye en documentos mercantiles, así como en la cartelería utilizada en las plazas y anuncios, por lo que “el Hierro” realiza sin ninguna duda la función de marca.

Así las cosas, en algunos casos nos encontramos con la utilización de este tipo de signos que no han sido registrados, lo cual podría dar lugar a conflictos inesperados, por lo que es recomendable solicitar el registro como marca para evitarlo. Recomendación que es igualmente aplicable, por norma general, a cualquier signo que se quiera utilizar en el mercado para distinguir los productos o servicios ofrecidos.