Tras más de 3 años de espera, y después de que la República de Polonia presentara su recurso contra el artículo 17 de la Directiva, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que dicho artículo es compatible con la libertad de expresión e información. Esta decisión obliga a seguir solicitando por parte de los OCSSP autorización a los titulares de los derechos para poder poner a disposición del resto del público el contenido protegido por derechos de autor. La libertad de expresión e información no es absoluta y el hecho de que se pueda denegar dicha autorización para disponer de contenido de terceros, no merma la libertad de expresión e información.