El 27 de julio de este mismo año se firmó el nuevo Código de Autorregulación de la Publicidad Infantil, que sustituye al anterior de 2015, y que entró en vigor el pasado 1 de diciembre.
De dicho Código, resultado de la colaboración entre el Ministerio del Interior, Autocontrol y la Asociación Española de Fabricantes de Juguetes, podemos destacar como principales novedades las medidas relativas al uso de la ficción animada, de forma que se presente el producto tal y como podrá ser utilizado por los menores; la prohibición de que en las comunicaciones se utilicen personajes famosos (reales o ficticios), a no ser que exista una relación con el producto anunciado; o la especial protección que merecen los menores de 7 años, por su mayor vulnerabilidad.
Así mismo, el Código pone el foco en evitar publicidad que pueda resultar sexista o que caractericen a los menores con connotaciones sexuales. De esta forma, se establece que no podrán mostrarse los juguetes con indicaciones que puedan vincularse con un género u otro, ya sea de forma expresa o tácita; así como tampoco podrán mostrarse imágenes de niñas caracterizadas como mujeres adultas. Además, los anunciantes adheridos se comprometen a mostrar modelos de conducta positivos, con el fin de fomentar un uso sostenible y responsable de los juguetes.
Del mismo modo, el Código pretende adaptar y actualizar la publicidad del sector a los nuevas tecnologías y formas de comunicación.
Por último, conviene destacar que el Código contempla un periodo de adaptación de 1 año para los anuncios emitidos antes de la fecha de su entrada en vigor.