El 18 de octubre de 2023 se interpuso ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) una reclamación sobre la difusión de imágenes de una menor desnuda manipuladas artificialmente.
La reclamante es la madre de una niña menor de edad que afirma que la imagen de su hija fue obtenida de una historia del perfil de Instagram de la menor. La reclamante aportó captura de pantalla de WhatsApp mostrando la foto manipulada y el vídeo de Instagram del que la imagen fue sustraída.
La AEPD, tras requerir a la operadora de telefonía que informara sobre los datos del titular y domicilio del número de teléfono del reclamado, obtuvo información sobre quien era el usuario de dicho teléfono, que resultó ser el hijo menor de la reclamada.
Ante esta situación, la AEPD decidió iniciar un procedimiento sancionador que concluye con la declaración de incumplimiento del 6.1 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)por existir un tratamiento de datos sin la base de legitimación necesaria, que en este caso sería el consentimiento.
Finalmente, la AEPD dentro de sus funciones correctivas, decidió dirigir un apercibimiento al reclamado atendiendo a la condición de minoría de edad del reclamado y a las circunstancias específicas del caso.