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Sin retroactividad. La DOP “Salapurta” no se anula a pesar de la existencia de marcas renombradas anteriores

miércoles, 8 de octubre de 2025

La bodega Duca di Salaparuta había registrado la marca denominativa “Salaparuta” en Italia y en la Unión Europea. En 2016 impugnó la indicación geográfica convertida en Denominación de Origen Protegida (DOP) “Salaparuta” (registrada en 2009), alegando que su uso podía inducir a error al público. La Corte Suprema italiana suspendió el caso y planteó dos cuestiones prejudiciales al TJUE, preguntando si el régimen transitorio de los Reglamentos 479/2008 y 491/2009 impedía proteger una DOP cuando existía una marca registrada con el mismo nombre. El TJUE concluyó que las normas vigentes en 2009, cuando se reconoció la DOP, no permiten aplicar reglas posteriores de forma retroactiva, ni principios generales o tratados internacionales que alteren este marco legal. Por tanto, la DOP Salaparuta sigue siendo válida, incluso frente a marcas anteriores que usaban el mismo nombre.

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