La Dirección de Supervisión y Control de Protección de Datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha emitido unas directrices (“Directrices 1/2026, de 14 de abril de 2026 sobre el cumplimiento del principio de minimización de datos en la expedición de certificados que contengan información que afecte a menores”) con el objetivo de reforzar el cumplimiento del principio de minimización de datos en el ámbito judicial, especialmente en aquellos supuestos en los que se expiden certificados que afectan a menores.
Estas directrices responden a una práctica habitual: cuando los progenitores necesitan acreditar ante terceros (como Administraciones públicas, centros educativos o entidades privadas) determinados aspectos recogidos en una sentencia o en un convenio regulador (por ejemplo, la patria potestad, el régimen de guarda y custodia o el sistema de visitas), suelen aportar dichos documentos en su integridad. Sin embargo, estos documentos contienen con frecuencia información especialmente sensible, no solo sobre los menores, sino también sobre la situación personal, económica o incluso conflictos entre las partes.
Con el fin de evitar una divulgación excesiva de datos, el CGPJ promueve que únicamente se facilite la información estrictamente necesaria para la finalidad solicitada. Es decir, en lugar de aportar la sentencia completa, bastaría con certificar los extremos concretos requeridos.
En este contexto, la Dirección competente en materia de protección de datos dentro de la Administración de Justicia impulsa estas medidas como parte de su función de supervisión del cumplimiento normativo y de concienciación de los profesionales del ámbito judicial sobre los riesgos y garantías asociados al tratamiento de datos personales.
Las directrices establecen que las resoluciones y actuaciones procesales deben contener únicamente los datos adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario, garantizando en todo caso el derecho a la tutela judicial efectiva. Asimismo, jueces, magistrados y letrados de la Administración de Justicia podrán adoptar medidas para suprimir o limitar el acceso a datos personales que no resulten necesarios.
Como medida práctica, se prevé el uso de formularios específicos que permitan canalizar estas solicitudes de información de forma adecuada. En caso de no utilizarse, el órgano judicial deberá facilitar el modelo correspondiente y, en todo caso, procurar que la certificación incluya únicamente los datos imprescindibles, evitando la entrega íntegra de documentos cuando no sea necesario.