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30 mil euros de sanción de la Agencia Española de protección de datos por pedir el dni para realizar un rembolso.

lunes, 6 de noviembre de 2023

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) vuelve a pronunciarse sobre el tratamiento de datos del Documento Nacional de Identidad (DNI) y deja clara su postura sobre el uso indebido de estos datos personales.

La parte reclamante alegaba ante la AEPD que la reclamada, una clínica dental, le había solicitado el DNI como requisito para reembolsarle una cantidad que había pagado de más por los servicios recibidos.

Además, la reclamada había rechazado la posibilidad de realizar el reintegro mediante transferencia bancaria sirviéndose de los datos que ya tenía de la reclamante, que había realizado pagos anteriores.

Finalmente, la reclamante quiso emitir una reclamación ante el delegado de protección de datos de la entidad reclamada, pero ésta nunca le dio traslado de su reclamación.

Por tanto, la AEPD concluye que la reclamada hace un uso excesivo de datos personales y sanciona por una infracción del principio de minimización del art. 5.1 c) RGPD y entiende que no actúa con la debida diligencia al no atender la reclamación de la interesada sancionando por una infracción de los artículos art. 38 RGPD y 37 LOPDyGDD.

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