La Oficina de Propiedad Intelectual de Reino Unido (UKIPO), ha publicado una guía aclaratoria sobre la clasificación de las marcas relacionadas con NFT’s tras un aumento considerable de solicitudes.
Los NFT son activos digitales que suelen utilizarse como prueba de la propiedad de activos virtuales o físicos. Dado que los NFT no pueden separarse de sus activos subyacentes, la UKIPO no aceptará "NFT" como término de clasificación por sí solo, sin referencia al activo al que está vinculado. La UKIPO aceptará los siguientes tipos de enunciados en la clase 9:
- arte digital autenticado mediante fichas no fungibles [NFT]
- gráficos descargables autenticados mediante fichas no fungibles [NFT].
- software descargable, a saber, [enumere el tipo de producto], autenticado mediante sellos no fungibles [NFT].
- archivos digitales de audio autenticados mediante sellos no fungibles.
- archivos digitales descargables autenticados mediante sellos no fungibles [NFT].
Los NFT, al poder venderse al por menor a través de mercados en línea del mismo modo que otros productos y servicios, la UKIPO aceptará los siguientes términos en la clase 35:
- "Servicios de venta al por menor relacionados con la venta de [por ejemplo, ropa virtual, arte digital, archivos de audio] autenticados mediante tokens no fungibles".
- "Suministro de mercados en línea para compradores y vendedores de productos y servicios autenticados mediante fichas no fungibles".
Estas aclaraciones ponen de manifiesto que las oficinas de propiedad intelectual adaptan sus prácticas en materia de marcas para mantenerse al día con el constante desarrollo de las tecnologías.