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Ceramtec, funcionalidad dudosa y mala fe.

jueves, 28 de agosto de 2025

El caso C‑17/24 ante el TJUE enfrenta a CeramTec GmbH y Coorstek Bioceramics LLC por el intento de CeramTec de registrar como marca el color rosa de un implante de cadera tras la expiración de su patente, lo que llevó a Coorstek a impugnar la marca alegando que era funcional y que fue solicitada de mala fe para extender el monopolio técnico.

El tribunal francés elevó una cuestión prejudicial al TJUE sobre si los dos motivos de nulidad - funcionalidad y mala fe - eran excluyentes o podían coexistir. El TJUE dictaminó el 19 de junio de 2025 que ambos motivos son autónomos y pueden aplicarse simultáneamente. Además, precisó que la mala fe puede apreciarse incluso si el solicitante tenía una creencia errónea sobre el efecto técnico del signo, siempre que su intención fuera prolongar de forma indebida el monopolio conferido por la patente. También, aclara que la mala fe debe valorarse en el momento de presentar la solicitud, sin tener en cuenta hechos posteriores, considerando factores como el origen del signo, su uso desde el inicio, el contexto comercial y la cronología de los hechos.

Así, este fallo refuerza la distinción entre marcas y patentes, y subraya que estas no pueden utilizarse de forma estratégica para eludir los límites legales de protección.

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