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Comunicación pública y apartamentos de alquiler. Nueva decisión del TJUE.

miércoles, 3 de julio de 2024

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 20 de junio de 2024. Asunto C-135/23.

GEMA, la entidad gestión de los derechos de autor en el ámbito de la música en Alemania, presentó una demanda de daños y perjuicios por vulneración de los derechos de autor contra la mercantil GL, que se dedica a la explotación de arrendamiento de pisos en los que pone a disposición de los arrendatarios televisores equipados con una antena interior que capta señales y permite la difusión de emisiones, en particular música.

El Tribunal Alemán planteó la cuestión prejudicial ante el TJUE de si esta acción constituye una "comunicación al público" según el artículo 3.1 de la Directiva 2001/29/CE, especialmente considerando que el edificio no está equipado con una "antena central" para distribuir las señales en los pisos. 

El Tribunal de Justicia considera que en el concepto de “comunicación al público” sí se incluye la puesta a disposición deliberada, por parte del titular de un edificio de apartamentos de alquiler, de aparatos de televisión equipados con una antena interior que, sin intervención adicional, captan señales y permiten la difusión de emisiones, en la medida en que los arrendatarios de dichos apartamentos constituyan un “público nuevo”.  

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