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El Tribunal Supremo italiano se pronuncia sobre la posibilidad de usar al “Zorro” en un anuncio de agua embotellada.

miércoles, 31 de mayo de 2023

El litigio se originó cuándo la Compagnia Generale Distribuzione spa hizo un uso del personaje del Zorro en un anuncio de televisión y radio de agua embotellada. Zorro Productions, inició, por lo tanto, acciones legales para proteger sus derechos de autor sobre el personaje ficticio del Zorro, así como las marcas comerciales relacionadas.

Pese a que en primera instancia el Tribunal de Roma falló a favor del demandante, tras un recurso de apelación, el Tribunal de Apelación descartó la infracción de marca, bajo los motivos de que los signos de la demandante no se utilizaron en el tráfico comercial, sino solo en un contexto paródico.

Dicha decisión fue impugnada ante el Tribunal Supremo que consideró que la parodia no debe exceder los límites justificados por su finalidad y no debe interferir con la explotación normal de la obra anterior.  La parodia se hace con fines de crítica o reseña de conformidad con el artículo 70, apartado 1, de la Ley de derechos de autor de Italia, y entraría en el ámbito de aplicación de esta excepción solo si respetaba un equilibrio justo entre el derecho de autor de la obra anterior y la libertad de expresión del autor de la parodia. 

En este contexto, el tribunal consideró que el Tribunal de Apelación había evaluado erróneamente la excepción de parodia en este caso, la parodia que hizo la demandada corría el riesgo de aprovecharse indebidamente del renombre de la marca o de perjudicarla.

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