La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) acuerda iniciar un procedimiento sancionador frente a Interpartner Assistance Servicios España S.A por incumplimiento del contrato de encargo del tratamiento e indica que la sanción podría ascender a 30 mil euros.
La entidad reclamada actuaba como encargado del tratamiento y, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa de protección de datos personales, firmó con el responsable del tratamiento un acuerdo en el que se regulaba el tratamiento de los datos personales que llevaría a cabo el reclamado.
La AEPD considera que la entidad reclamada incumplió lo dispuesto en el acuerdo de encargo del tratamiento y vulneró el artículo 28 del RGPD al externalizar parte del servicio contratado con Línea Directa, con Axa Asistencia Colombia, S.A. cuando en el contrato se estipulaba que no se autorizaban por parte del responsable transferencias internacionales de datos a terceros países.