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La caducidad de una marca de la UE no es cosa de piratas.

jueves, 5 de octubre de 2023

Decisi贸n de la Sala de Recursos, de 14 de agosto de 2023. Asunto R 350/2023-2.

En 2016 PIRATES ADVENTURE logr贸 el registro de la marca figurativa que se muestra m谩s abajo para diversos productos y servicios en las clases 25, 35, 41 y 43:

Por su parte PIRATES VILLAGE, present贸 una acci贸n de caducidad contra la citada marca por falta de uso.

La Divisi贸n de Anulaci贸n estim贸 parcialmente la solicitud y caduc贸 la marca para todas las clases, salvo algunos servicios de la clase 41 (espect谩culos de m煤sica, danza, comedia; servicios de cabaret; representaciones art铆sticas, etc.).聽

PIRATES VILLAGE recurri贸 la decisi贸n alegando que la prueba aportada se refer铆a a una marca diferente a la registrada, en concreto la que se muestra a continuaci贸n:

Por su parte la titular de la marca cuestionada argumentaba que el signo utilizado no modificaba el car谩cter distintivo del registro y que la solicitud de caducidad se hab铆a llevado a cabo de mala fe.

Tras considerar el argumentario de ambas partes, la EUIPO concluye que i) ambas marcas, la registrada y la usada, producen una impresi贸n de conjunto diferente, siendo por lo tanto el uso irrelevante a los efectos de salvar el registro cuestionado y ii) el RMUE solo prev茅 la mala fe para el solicitante de una marca, siendo por lo tanto un elemento irrelevante e impertinente a la hora de valorar la interposici贸n de una acci贸n de caducidad.聽

Siendo de este modo, la marca en cuesti贸n se caduc贸 en su totalidad.

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