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La cita de una obra (tesis doctoral) no excluye la apreciación del plagio cuando la cantidad de fragmentos copiados evidencia la intención del plagiador.

lunes, 3 de abril de 2023

Sentencia núm. 14/2023 de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 17 de enero de 2023.

En 2011, tras la defensa y publicación de su tesis doctoral en la Universidad Autónoma de Barcelona, la actora tuvo conocimiento de una tesis y otras diez obras posteriores escritas por la demandada, que contenían un total de 104 fragmentos de su obra.  

Este hecho empujó a la primera a solicitar la protección de sus derechos como autora, interponiendo demanda frente al Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Girona, que dictó sentencia estimando el plagio de su obra. 

Dicha sentencia fue recurrida ante la Audiencia Provincial, que confirmó la decisión de instancia. En este sentido, la AP entendió probado que algunos de los fragmentos no solo son repetidos de forma literal, sino que incluyen ilustraciones gráficas, comentarios o reflexiones originales de la autora. Asimismo, la Sala diferencia entre fragmentos plagiados de manera literal (o mecánica), y substancial (o consciente). Esta última “requiere de un intento consciente de modificar aparentemente alguna palabra, o cambiar su orden para disimular la copia o el plagio”.

Si bien es cierto que la demandada citaba la Tesis Doctoral ajena en sus obras, la Audiencia Provincial dejó claro que citar no evita el plagio teniendo en cuenta el número tan elevado de fragmentos que se identificaron en las obras posteriores.

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