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La Comisión Europea (“CE”) remitió, el pasado 1 de marzo de 2024, una solicitud formal de información a Meta, en virtud del art. 67 del Reglamento de Servicios Digitales (conocido como “Digital Service Act” o “DSA”).

viernes, 8 de marzo de 2024

A través de esta petición, la Comisión solicitó a Meta información sobre las medidas adoptadas para cumplir con sus obligaciones respecto de las prácticas publicitarias llevadas a cabo en dos de sus plataformas sociales: Facebook e Instagram. La Comisión, asimismo, abordó otros aspectos, que ya fueron solicitaron a Meta en octubre de 2023, relacionados con la metodología utilizada para elaborar los informes de evaluación de riesgos y las medidas de mitigación adoptadas, respecto de contenido terrorista, discurso cívico, procesos electorales y la protección de menores. La solicitud de información también se refiere a la práctica denominada “shadow banning” (exclusión oculta) y al lanzamiento de la App “Threads”.

La Comisión ha concedido un plazo a Meta para proporcionar la información requerida que vence: el 15 de marzo de 2024, en el caso de la petición de información iniciada en octubre de 2023 y el 22 de marzo de 2024, en el supuesto de la nueva solicitud de información.

En caso de falta de respuesta por parte de Meta, la Comisión puede optar por solicitar la información mediante una decisión. En este supuesto, la falta de respuesta, en el plazo establecido, podría dar lugar a la imposición de multas coercitivas. Recordemos que la CE tiene potestad sancionadora y puede imponer multas considerables en el caso de información incorrecta o engañosa en respuesta a una solicitud de información.

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