Blog

“LA IRLANDESA”: El Tribunal General concluye que una marca que evoca un territorio geográfico sin que los productos provengan del mismo, induce a engaño y como tal es nula

miércoles, 13 de julio de 2022

Sentencia de 29 de junio de 2022 del Tribunal General (Sala Sexta). Asunto T-306/20.

La empresa canaria Hijos de Moisés Rodríguez González, S.A. obtuvo en 2014 el registro de la marca “LA IRLANDESA” para, entre otros productos, mantequilla.

Dicha empresa tenía un contrato de suministro con la coadyuvante, la mercantil irlandesa Ornua Co-operative Ltd., que le proveía de mantequilla de origen irlandés a fin de que fuese distribuida en territorio español. Dichos productos se identificaban por medio de la citada marca.

Cuando el contrato llegó a su fin en 2011, la empresa canaria continuó con el uso del signo en cuestión aunque en este caso para identificar productos sin origen irlandés.

El Tribunal, confirmando la decisión de la Gran Sala de Recursos de la EUIPO, concluye que el registro controvertido estaba viciado de nulidad por mala fe. Lo anterior en tanto que induce al consumidor hispanohablante a error al establecer un vínculo geográfico claro con Irlanda, a pesar de que los productos relevantes no proceden de ese país.

Ver en medio original