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La simple calificación de un mensaje promocional como eslogan no implica automáticamente carácter distintivo.

lunes, 30 de enero de 2023

El pasado 23 de diciembre de 2022, el Tribunal Supremo italiano desestimó el recurso contra la negativa de la Oficina Italiana de Patentes y Marcas (UIBM) de registrar la frase “TU PIEL MERECE SER TRATADA BIEN” como marca.

La Sala de Recurso de la Oficina italiana consideró que la expresión “TU PIEL MERECE SER TRATADA BIEN”, dirigida al mundo de los productos cosméticos en su amplia latitud, es (i) evocadora de la mejora y el bienestar físico además de ser (ii) extremadamente genérica y descriptiva de los productos/servicios.

Tras ello, el caso fue llevado ante el Tribunal Supremo italiano. La recurrente, sostenía que una marca, para adquirir carácter distintivo, no necesita ser especialmente creativa, ni tener un carácter fantasioso o un efecto de tensión/sorpresa conceptual.

Sin embargo, el Tribunal sostuvo que el eslogan en cuestión no permitía distinguir a la empresa y sus productos o servicios de otras empresas y por ello desestima el recurso.

Acaba añadiendo que no puede excluirse per se el posible registro de un eslogan como marca, siempre y cuando, el signo pueda ser percibido por el público relevante simultáneamente como una fórmula promocional y una indicación del origen empresarial.

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