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Multa a un periódico digital por la publicación de datos personales.

viernes, 3 de mayo de 2024

La AEPD multa con 180 euros a un periódico digital por la publicación de un documento del Ayuntamiento de Jódar en el que figuraban los NIF de las personas que lo firmaban digitalmente.

El periódico en cuestión publicó en su página web un artículo titulado “Actualización Plan de Ajuste abril 2023. Memoria Justificativa” relativo a un expediente administrativo del Ayuntamiento de Jódar, y acompañado de 3 documentos disponibles para su descarga. En uno de ellos, figuraba el nombre, apellidos y DNIs de las personas que lo habían firmado digitalmente.

En este sentido, el DNI de dichas personas resultaba ser un dato personal, que, además, no era adecuado, ni pertinente ni limitado a lo necesario en relación con los fines que se perseguían con la publicación de dicha noticia.

De esta manera, se produce la vulneración del art. 5.1. c) del RGPD siendo este uno de los principios básicos del tratamiento de datos de carácter personal por el que se dispone que los datos personales serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines; o lo que es lo mismo, principio de minimización de datos personales.

En definitiva, el periódico digital, antes de publicar los documentos, debía haber adoptado las medidas necesarias para que no se hubiese visto el NIF de los afectados, y no haber vulnerado así el principio de minimización de datos.

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