El pasado mes de abril, la Comisión europea hizo pública su decisión de sancionar a Meta por incumplimiento del Reglamento de Mercados Digitales (DMA por sus siglas en inglés), lo que va a llevar a la empresa norteamericana a pagar una cifra de 200 millones de euros.
Es sabido que una de sus principales actividades del grupo empresarial es la recopilación y combinación de datos personales, todo ello con el fin de realizar un perfil completo de las personas y utilizarlos con fines publicitarios.
Esta actividad ha sido investigada por la Comisión, en concreto para confirmar si se adaptaba al artículo 5.2 del DMA. Este artículo otorga a los usuarios finales el derecho a denegar su consentimiento al tratamiento, combinación o uso cruzado de sus datos personales, en este caso, relacionado con fines de publicidad personalizada, y obliga a los guardianes de acceso a ofrecer a dichos usuarios finales la opción específica de una alternativa menos personalizada pero viable en caso de falta de consentimiento.
La Comisión ha interpretado que las opciones que ofrece Meta con su modelo “Consentor pay” plantea problemas al darse un consentimiento forzado, debido a que el usuario tiene únicamente dos opciones: ser objeto de un tratamiento excesivo de sus datos o bien, pagar económicamente la ausencia de dicho tratamiento.
Ante esta situación, la Comisión ha concluido que existe incumplimiento del artículo 5.2 del RMD y recuerda la importancia de ofrecer al usuario otra alternativa a las opciones de pago o tratamiento excesivo de datos. Esta deberá ser una opción que conlleve una publicidad menos personalizada y que permita al usuario usar las funciones básicas de la plataforma.
También la Comisión estima la existencia de negligencia en la actuación de Meta, pese a los argumentos de esta última, la Comisión responde que no cabía la posibilidad de ignorar el incumplimiento del modelo “Consent or pay” atendiendo a la normativa existente.
Finalmente, la Comisión ha decidido sancionar a Meta por incumplir el artículo 5.2 del RMD. La cantidad asciende a 200 millones de euros, además de exigir el cese del incumplimiento en el plazo de 60 días desde la notificación de la decisión.