La Oficina Europea de IA, creada en el seno de la Comisión Europea, quedó inaugurada el pasado 21 de febrero de 2024. Este organismo desempeñará un rol determinante en la aplicación del Reglamento IA, como centro de conocimientos especializados en IA. Asimismo, constituirá la base de un único sistema europeo de gobernanza de la IA, proporcionando seguridad jurídica a las empresas de los veintisiete Estados miembros.
Entre sus principales funciones se encuentran:
- Contribuir a la aplicación coherente del Reglamento IA en todos los Estados miembros.
- Desarrollar herramientas, metodologías y puntos de referencia para evaluar las capacidades y el alcance de los modelos de IA y clasificar modelos con riesgos sistémicos.
- Elaborar códigos de práctica de última generación.
- Investigar posibles infracciones de las normas.
- Preparar orientaciones y directrices, actos delegados y de ejecución, y supervisar el cumplimiento del Reglamento IA.
- Fomentar de la cooperación internacional.
- Cooperar con instituciones, expertos y partes interesadas.
Es relevante señalar que, tal y como indicó la Comisión, en su decisión de 24 de enero de 2024 por la que se establece la Oficina Europea de IA, la creación de este organismo no afectará a las competencias de las autoridades nacionales competentes o de otros órganos, oficinas o agencias de la Unión en la supervisión de los sistemas de inteligencia artificial, tal y como se prevé en el Reglamento de IA y en otros actos legislativos de la Unión.
Asimismo, la Comisión puntualiza que la Oficina Europea de IA debe ejercer sus funciones, en particular la de emitir orientaciones, de manera que no se dupliquen las actividades de los órganos, oficinas y agencias pertinentes de la Unión en virtud de la legislación sectorial específica.
Decisión de la Comisión Europea por la que se crea la nueva Oficina Europea de IA