El pasado mes de abril, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Valladolid dictó una resolución declarando improcedente el despido disciplinario de una trabajadora debido al uso por parte de la empresa de los datos personales de la vida laboral de la trabajadora con una finalidad diferente a la inicialmente establecida.
En 2022, la empresa solicita a los trabajadores interesados en un proceso de selección interna, la entrega de sus informes de vida laboral actualizados. En particular se informa a los trabajadores que “en el caso de querer participar en citados procesos la entrega del informe de vida laboral con el fin de verificar los datos indicados en el curriculum vitae aportado en el momento de iniciarse la relación laboral; este documento será utilizado única y exclusivamente con arreglo a la finalidad prevista en el art 6.1.b Reglamento UE 2016/679".
La empresa finalmente usa los datos e información incluidos en la vida laboral para cotejar el CV de los empleados y descubre que una trabajadora, cuando fue contratada, no incluyó información veraz en su CV. Tras dicho descubrimiento la empresa remite una carta de despido disciplinario a la empelada.
El TSJ consideró que la empresa realizó un “uso desviado” de los datos personales cedidos por la trabajadora, tratándose de una ilicitud del tratamiento y vulneración del derecho fundamental a la protección de datos personales contenido en el artículo 18.4 de la Constitución Española.