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Sobre marcas figurativas y riesgo de confusión. Esta vez Jerry no pudo cantar Bingo.

martes, 9 de mayo de 2023

Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima), de 19 de abril de 2023, Caso T-491/22.

En el presente caso, analizado por el Tribunal General, las dos marcas figurativas en conflicto son las siguientes:

La marca de la Unión Europea de la izquierda fue solicitada para diversos productos y servicios de las clases 9, 38 y 41 por la empresa e-gaming. Zitro International se opuso al registro solicitado en base a algunas de sus marcas, entre ellas, la imagen de la derecha (Jerry). 

En instancia, la oposición fue rechazada en su totalidad al entenderse que no existía riesgo de confusión.  Dicha decisión fue confirmada por las Salas de Recurso.  En esencia, la EUIPO entendió que las diferencias existentes son suficientes para descartar cualquier tipo de incompatibilidad a pesar de que se diera identidad aplicativa.

El Tribunal General termina de confirmar lo anterior al entender que (1) visualmente no hay similitud. Se trata de dos figuras de fantasía estilizadas de distintas maneras y aunque puedan compartir ciertas características, la impresión global es muy diferente; (2) fonéticamente, los únicos elementos que pueden pronunciarse son las letras “B” y “S/$”, colocadas en los sombreros de ambos signos, no pudiendo hacerse una comparación de palabras concretas; (3) conceptualmente, no hay un significado claro.  

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