La petroquímica OMV intentó registrar una combinación de colores (azul genciana y verde amarillo), pero la EUIPO denegó parcialmente la solicitud por falta de carácter distintivo (art. 7.1.b RMUE). El Tribunal General confirmó que los colores, al ser abstractos y asociados a valores ecológicos genéricos, no identifican el origen empresarial.