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Cuestión prejudicial relativa al concepto de utilización normal de un producto complejo

jueves, 27 de octubre de 2022

Conclusiones del Abogado General Sr. Szpunar, de 8 de septiembre de 2022. Asunto C-472/21.

Es sabido que para que un diseño sea protegible como diseño comunitario registrado debe cumplir los requisitos de novedad y carácter singular. 

Cuando dicho diseño se refiere además a un componente de un producto complejo, debe ser visible durante la utilización normal del producto (aunque no es menos cierto que existe un criterio general de visibilidad que aplica incluso cuando no estamos ante productos complejos, ver https://baylos.com/blog/visto-y-no-visto).

En 2016 la sociedad Büchel GmbH & Co. Fahrzeugtechnik KG solicitó la nulidad de un diseño alemán sobre la parte inferior de un sillín de bicicleta, alegando que dicha parte no era visible durante la utilización normal del producto que incorporaba dicho diseño.

A pesar de que la Oficina Alemana de Patentes y Marcas no vio motivos para cancelar el diseño, la nulidad fue declarada por el Bundespatentgericht.

La resolución fue recurrida, y en este caso el Bundesgerchitsof decidió suspender el procedimiento y plantear la correspondiente cuestión prejudicial.  

Analizado el asunto, el Abogado General Sr. Szpunar, concluye que la clave, en un caso como el que nos ocupa donde se discute en relación a componentes de un producto complejo, es determinar qué debe entenderse por utilización normal, proponiendo a este respecto que se entienda como tal no solo como la función principal del producto en sí (como podría ser, en el presente caso circular una bicicleta), sino también las acciones, que razonablemente, el consumidor final de un producto pueda llevar a cabo durante dicha utilización, como podrían ser el almacenamiento o el lavado de la bicicleta y su correspondiente sillín.

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