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La AEPD sanciona con 10.000 euros a EasyJet por no atender un derecho de acceso a datos personales en plazo.

Monday, 15 of January of 2024

El reclamante solicit贸 ante la compa帽铆a EASYJET ARLINE COMPANY LIMITED el derecho de acceso a sus datos personales. La compa帽铆a 谩rea reclamada acus贸 recibo, pero no traslad贸 la respuesta a la solicitud del interesado hasta pasados cuatro meses desde su recepci贸n.

En este sentido, el art铆culo 12.3 del RGPD otorga al responsable del tratamiento un mes desde que recibe la solicitud de acceso para dar respuesta al derecho ejercido, sin perjuicio de que pueda prorrogarse por otros dos meses en caso necesario, debiendo informar de ello al interesado en el plazo inicial de un mes. En el presente caso, la Agencia Espa帽ola de Protecci贸n de Datos (AEPD) entiende que EASYJET no atendi贸 debidamente el derecho de acceso ejercido por la parte reclamante hasta cuatro meses despu茅s de que hubiera presentado su solicitud.

Por tanto, sanciona a la entidad reclamada por una infracci贸n del art铆culo 15 del RGPD y la concurrencia de dos agravantes: la duraci贸n de la infracci贸n y la vinculaci贸n de la actividad del infractor con la realizaci贸n de tratamientos de datos personales ascendiendo la multa a la cantidad de de 10.000 euros.聽

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