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¿Se considera “productor” al titular de la marca que se refleja en un producto?

Thursday, 8 of September of 2022

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 7 de julio de 2022 (Sala Décima). Asunto C-264/21, Keskinäinen Vakuutusyhtiö Fennia.

El asunto trae causa de los siguientes hechos: un consumidor Finlandés sufrió el incendio de una máquina de café de uso doméstico por lo que fue indemnizado por una compañía de seguros, compañía que a su vez interpuso demanda contra el titular de la marca de la citada máquina reclamando las cantidades correspondientes. Como argumento defensivo, el mencionado titular alegó que no era el productor del artículo defectuoso y que como tal no era responsable de los defectos existentes y de los daños causados.

En esta tesitura El Tribunal Supremo Finlandés, elevó dos cuestiones prejudiciales al TJUE en relación a la interpretación del artículo 3.1 («toda persona que, al poner su nombre, marca u otro rasgo distintivo en el producto, se presente como su productor») de la Directiva 85/374/CEE en materia de responsabilidad por los productos defectuosos.

Tras analizar el asunto, el Alto Tribunal ha concluido que el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 85/374/CEE debe interpretarse en el sentido de que el concepto de «productor» a que se refiere dicha disposición no exige que la persona que haya puesto o haya autorizado a que se pongan su nombre, marca o cualquier otro signo distintivo en el producto se presente también de alguna otra forma como productor de este.

La sentencia es relevante entre otros extremos, en el contexto del otorgamiento de licencias de marca por medio de las cuales un titular delega la producción y comercialización de un producto a un tercero. Pues bien, haciendo valer las enseñanzas de la decisión comentada, el titular sería responsable de cualquier fallo, defecto o daño producido por los productos licenciados, por mucho que éstos fueran producidos por un tercero. Siendo de este modo, se pone en valor la necesidad de articular -entre otros extremos- mecanismos adecuados en los contratos de licencia, que permitan controlar la calidad de los productos objeto de la misma.

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