El Tribunal General de Luxemburgo (“TG”), en su Sentencia de 24 de enero de 2024 (asunto T-202/22) se pronunció sobre el carácter singular de un diseño comunitario registrado para “materiales de construcción” que consistía en segmentos para torres.
El asunto surge a raíz de una disputa entre TA Towers ApS (TA Towers) y una empresa alemana, en el que esta última solicitó ante la EUIPO la declaración de nulidad del diseño registrado por TA Towers, que se representa del siguiente modo:
El motivo alegado, entre otros, fue que el referido diseño carecía de carácter singular, al no causar una impresión general distinta con la siguiente solicitud de patente para una “torre tubular y procedimiento de construcción”:
La División de Anulación de la EUIPO estimó la solicitud de nulidad al considerar que el diseño carecía de carácter singular, y su decisión fue confirmada por la Tercera Sala de Recurso. Como consecuencia, TA Towers recurrió ante el TG.
En cuanto al sector al que pertenecen los diseños en cuestión, el TG establece que, el hecho de que el diseño controvertido presente un elemento de construcción que puede estar vinculado a elementos de otros tamaños o dimensiones, de modo que no forma un cilindro cónico, mientras que el diseño anterior presenta una torre entera compuesta por diferentes elementos para formar una torre cónica, no influye en la apreciación del sector de que se trate. Si bien la determinación del sector de los productos a los que va a incorporarse o aplicarse el diseño controvertido ha de tenerse en cuenta, esto no puede implicar que los productos a los que se refieren los dibujos o modelos controvertidos sean similares o pertenezcan al mismo sector. Por tanto, el TG desestimó la alegación de la recurrente de que la Sala de Recurso incurrió en error al determinar el sector pertinente, que es el sector de los segmentos de torres.
En cuanto al usuario informado, la recurrente alegó que el número de profesionales del sector pertinente es escaso, son altamente especializados y que el usuario informado es plenamente consciente de los detalles de los diseños disponibles. Sin embargo, el TG concluye que el usuario informado es un profesional del sector de la construcción que tiene cierto grado de conocimiento de los diferentes segmentos de las torres y que presta un grado de atención relativamente elevado, pero que no se puede considerar que sea plenamente consciente de los detalles de todos los diseños disponibles.
Así, en el presente caso, el usuario informado será consciente de que, debido a la forma de las hojas, el diseño controvertido permite obtener una cilindrada, mientras que el diseño anterior permite obtener un elemento correspondiente a un cono truncado. En este sentido, el usuario informado tiene buenas razones para examinar la forma exacta de las placas y observará cualquier diferencia que pueda existir al respecto. Además, el hecho de que los elementos de construcción sean largos refuerza la impresión del usuario informado de que las torres finales, una vez ensambladas, no tendrán la misma forma dada las diferentes formas de estas hojas.
Por otro lado, si bien la diferencia en el número de extremos entre los diseños controvertidos no basta por sí sola para producir una impresión general distinta, el usuario informado las tendrá en cuenta y sabrá que las torres finales tendrán formas ligeramente distintas por este motivo. Así, la forma de las hojas y su número de extremos influyen significativamente en la impresión general producida por los diseños en cuestión.
En vista de lo anterior, y si bien los diseños controvertidos tienen en común algunas características, como la serie de curvas que van de arriba abajo, creando paneles paralelos, también es cierto que los cuatro extremos del diseño anterior crean cinco paneles paralelos trapezoidales, mientras que los dos extremos del diseño controvertido crean tren paneles paralelos rectangulares.
Por tanto, las diferencias observadas en algunos aspectos de los productos de que se trata pueden ser lo suficientemente significativas como para crear una impresión general distinta, pese a la similitud en otros aspectos.
A consecuencia de lo anterior, el TG concluye que los diseños en cuestión producen una impresión general distinta, por lo que el diseño controvertido reviste del carácter singular exigido.
En conclusión, cuando se trata de materiales de construcción, en concreto, de segmentos para torres, la forma de las placas resulta un detalle clave para influir en la impresión general producida en el usuario informado.