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La EUIPO falla a favor de la marca GOOD GIRL de Carolina Herrera.

Friday, 22 of November of 2024

El pasado 15 de noviembre, la EUIPO esitmó la oposición presentada por Carolina Herrera Ltd. contra la solicitud de la marca "Buena Chica" presentada por Guangzhou Maoqi Electronic Technology Co., Ltd., argumentando que existía un evidente riesgo de confusión con su marca registrada "GOOD GIRL" con base al el artículo 8(1)(b) del RMUE.

La marca "GOOD GIRL" es ampliamente conocida y tiene un alto grado de distintividad, especialmente en España, en el sector de la perfumería. Este reconocimiento refuerza su nivel de protección frente a marcas similares.

Asimismo, La EUIPO determinó que existía una similitud conceptual entre las marcas a la vista de que "Buena Chica" es una traducción directa de "GOOD GIRL". Según la jurisprudencia, cuando una marca anterior posee un alto grado de distintividad, cualquier similitud conceptual relevante puede incrementar significativamente el riesgo de confusión, incluso si las marcas difieren en su aspecto visual y fonético.

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